MANIPULACIÓN DE LA IMPRESCRITIBILIDAD DE LOS
CRÍMENES DE GUERRA, GENOCIDIO Y LESA HUMANIDAD II
El primero de abril del presente año, nos enteramos por las
declaraciones emitidas por el Fiscal de la CPI, Karin Khan, que él había pasado
6 días en Venezuela, invitado por el régimen, en las cuales expuso lo
siguiente: ¨…..Expreso mi agradecimiento a las autoridades de Venezuela por
su invitación oficial y por sus consultas cooperativas con mi delegación. ……Agradezco
en particular el continuo compromiso del Presidente de la República, SE el Sr.
Nicolás Maduro Moros, con quien sostuve conversaciones directas y productivas……….Este
enfoque colaborativo ha llevado a avances concretos durante mi visita en la
implementación del Memorando de Entendimiento entre mi Oficina y el Gobierno de
Venezuela , firmado durante mi última visita a Caracas en noviembre de 2021 (“MOU”).
Esto incluye la autorización para que la Oficina del Fiscal establezca una
oficina en Caracas en apoyo de la cooperación con las autoridades venezolanas y
la facilitación de asistencia técnica
en el marco del MOU.
También agradezco los pasos tangibles que hemos tomado que permitirán
a mi Oficina fortalecer su trabajo con respecto a la Situación en Venezuela,
incluido el acuerdo sobre compromisos regulares y estructurados a nivel técnico entre mi Oficina y
funcionarios del Estado venezolano; la emisión por parte del Gobierno de
Venezuela de visas de entrada múltiple a miembros designados de mi Oficina; y
la designación
de coordinadores jurídicos y operativos para
facilitar respuestas eficaces a las solicitudes de cooperación internacional y
asistencia judicial de conformidad con el ejercicio de mi mandato
independiente. En noviembre, señalé que la apertura de una investigación no es una calle de sentido único,
sino que también debe ser la base para profundizar el compromiso y fortalecer
las alianzas. En este sentido, creo que hemos llegado a un acuerdo
significativo con el Gobierno de Venezuela para trabajar junto con socios
internacionales, incluida la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos, en las medidas apropiadas para facilitar la
implementación de los compromisos establecidos en el MoU. .Esto incluirá la
provisión de asistencia técnica y transferencia de
conocimientos a las autoridades nacionales en Venezuela para apoyar la
investigación y el enjuiciamiento efectivos a nivel nacional de los presuntos
delitos, y la provisión de capacitación y asesoramiento de expertos para
fortalecer la implementación de la legislación nacional pertinente. También
se brindará asistencia a las
autoridades venezolanas para identificar áreas adicionales en las que se pueden
mejorar los marcos institucionales o legislativos a fin de fortalecer la
capacidad de las autoridades nacionales competentes para garantizar la
administración de justicia efectiva……….¨
Ahora bien, después de analizar detenidamente estas
declaraciones, las cuales anexamos a este escrito, así como también, del Memorándum
de entendimiento entre la RBdeV y la CPI y el acuerdo de la AN en respaldo de
ese Memorándum, indefectiblemente tenemos que llegar a las siguientes
conclusiones:
1,- Definitivamente el Fiscal Karin Khan, está cometiendo un
inexcusable error al suscribir ese Memorándum y dar esas declaraciones,
circunstancias estas que lo hacen inhábil, para ejercer ese importantísimo
cargo.
En efecto, no es muy difícil deducir, que el Fiscal Karin Khan,
está completamente informado de la anomia jurídica existente en nuestro país,
ya que es ampliamente conocido el comunicado de la CIDH, que a la letra
consagra que: COMUNICADO DE PRENSANo. 20/10 CIDH
PUBLICA INFORME SOBRE VENEZUELA
Washington,
DC, 24 de febrero de 2010 - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) publicó hoy el informe Democracia y Derechos
Humanos en Venezuela.
¨La CIDH
identifica una serie de aspectos que restringen el pleno goce de los derechos
humanos. Entre otros, la CIDH analiza una serie de condiciones que evidencian
la falta de una efectiva separación e independencia de los poderes públicos en
Venezuela. El Informe hace referencia a que no se ha garantizado a todas las
personas el pleno ejercicio de sus derechos con independencia de su posición
frente a las políticas del gobierno. La Comisión encuentra además que se está utilizando
el poder punitivo del Estado para intimidar o sancionar a personas en virtud de
su opinión política. La Comisión
considera que no existen las condiciones para que los defensores de derechos
humanos y los periodistas ejerzan libremente su labor. Asimismo, la CIDH
determina la existencia de un patrón de impunidad en los casos de violencia,
que afecta de manera particular a los comunicadores sociales, los defensores de
derechos humanos, los sindicalistas, las personas que participan en
manifestaciones públicas, las personas privadas de su libertad, los campesinos,
los pueblos indígenas y las mujeres.”
Comunicado este, que él no puede negar su conocimiento, ya que
existe un acuerdo entre la CPI y la CIDH, que a la letra dispone lo siguiente:
¨CIDH firma acuerdo de
cooperación con la Corte Penal Internacional
26 de abril de 2012
Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Penal Internacional (CPI) firmaron un
acuerdo de cooperación a fin de establecer el marco institucional para
colaborar en el cumplimiento de sus mandatos. El acuerdo contempla la
posibilidad de proveer a la otra parte información sobre decisiones,
resoluciones, sentencias, informes y documentos, que pueda resultar útil para
el procesamiento de casos y la ejecución de los mandatos de ambas
instituciones. Considerando que la CPI fue establecida por el Estatuto de Roma
para erradicar la impunidad de los crímenes de lesa humanidad, y que la CIDH
durante más
de 50 años ha considerado la
lucha contra la impunidad por las violaciones a los derechos humanos como un
eje central en el cumplimiento de su mandato, la firma de este acuerdo permitirá
establecer una relación que beneficiará a la comunidad internacional en la búsqueda
de verdad, justicia y reparación. La CIDH es un órgano principal y autónomo de
la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta
de la OEA y de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de
los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en
la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son
elegidos/as por la Asamblea General de la OEA a título personal.¨
Ahora bien, después de leer este
comunicado, no queda ninguna duda que la CPI y el Fiscal Karin Khan, estaban
suficientemente enterados de la anomia en la Justicia venezolana, debido al
Acuerdo de Cooperación de la CIDH y la CPI, que
arriba transcribimos:
A todas luces, es muy notorio el empeño que tienen ciertos
representantes de extrema izquierda de algunos gobiernos extranjeros de
promover negociaciones entre el régimen y la oposición traidora del G4, en la
cual quieren llevarnos a los venezolanos a unas elecciones en el 2024 y a unos
cambios en Ël Poder Judicial¨, que como era de esperarse, ya la Asamblea
Nacional del régimen comenzó a ejecutar las acciones necesarias para ese
objetivo, al sancionar una ley de reforma del código de procedimiento penal,
una ley de Habeas Corpus, la elección de un nuevo TSJ, acorde a lo pactado en
ese írrito Memorándum e inmediatamente los funcionarios del poder judicial que
forman parte del régimen, empezaron a darle libertad, dizque a algunos ¨presos políticos,
ya que de acuerdo con declaraciones del Dr: Himiob, eran presos comunes, lo
cual llevó a declarar al Fiscal Tarek William
Saab, con una rapidez inusitada en Noticiero Digital (Política | enero 21, 2022 | 7:57 pm | Jhoan Meléndez), el despreciable Fiscal, al decir textualmente: ¨Tarek William
Saab insistió este viernes que el sistema de justicia venezolano «hace su trabajo» frente a crímenes de lesa humanidad, por lo que aprovecharán el lapso
otorgado por la CPI para demostrarles que las violaciones a los derechos
humanos «tienen condenas firmes». Y todo ello, con el
objeto de producir el mismo exabrupto jurídico,
político y sobretodo moral y ético,
de reconocer que el nuevo TSJ, tiene la
facultad procesar esos juicios de crímenes de Lesa Humanidad y, de esa manera,
la CPI cerraría la averiguación a los acusados de esos crímenes, con lo
cual la imprescriptibilidad de los mismos desaparece totalmente y la esperanza
del castigo a esos asesinos, resulta nugatoria, tal como hicieron en Colombia
con las FARC.
Asimismo, resulta inconcebible e inmoral, que habiendo sido
acusados por las Cámaras del los Senados Colombianos y Chilenos, tanto Maduro y
otros altos funcionarios del régimen en el año 2017; y existiendo una solicitud
de Apertura de Investigación del Dr. Almagro, como Secretario General de la OEA
en el año 2018. ¿Como es posible que el Fiscal Khan, no haya continuado con el
procedimiento establecido en el Estatuto de Roma y en su lugar, optó por
suscribir el Memorándum irrito, arriba comentado?
De igual manera, es sumamente preocupante que el citado Fiscal
Khan, trate a este régimen opresor, como el ¨legítimo gobierno representante
del Estado Parte de la CPI¨, cuando la gran mayoría de los Estados Partes de la
CPI, incluyendo a Holanda e Inglaterra, siendo él ciudadano de este último país,
consideran a Maduro y a su equipo, unos despreciables e ignominiosos tiranos y
por ese motivo no lo reconocen como representante legítimo de la nación
venezolana; e igualmente, es sumamente preocupante, que no haya convocado a
ninguna de las víctimas, o a los familiares, sujetos pasivos de esos crímenes
denunciados, y en cambio se compromete con los acusados de esos crímenes a ¨…brindará asistencia a las autoridades venezolanas para
identificar áreas adicionales en las que se pueden mejorar los marcos
institucionales o legislativos a fin de fortalecer la capacidad de las
autoridades nacionales competentes para garantizar la administración de
justicia efectiva……….¨?
En resumen, sencillamente se puede observar que están buscando
demostrar, que en Venezuela hay un poder judicial apto para enjuiciar a
cualquier persona por crímenes de Lesa Humanidad; y si a esta circunstancia, le
agregamos que en la negociación
de Méjico, la plataforma unitaria le acepta convalidar la reforma
judicial, se le está dando la facultad al Consejo de Seguridad, de solicitar la
suspensión del juicio, de conformidad con el artículo 16 del Estatuto de Roma,
evitando de esa manera las sentencias condenatorias a los criminales
enjuiciados por la CPI, es decir, lograrían su total impunidad; que fue
exactamente lo mismo que hizo Juan Manuel Santos en Colombia con las FARC, tal
que como señalamos anteriormente, este desvergonzado ex presidente colombiano,
no solo logró la impunidad de los criminales de las FARC, sino que los llevó a
ocupar cargos en el Congreso colombiano, como es el caso de alias ¨El Tornillo
FARC (violador de niños, los que salían corriendo cuando llegaba a un pueblo).
Y así, lo corroboró Tarek William Saab, cuando después de esas reuniones declaró:¨Después que la Corte Penal Internacional fijara el 16 de abril como
fecha tope para que el chavismo demuestre que se ha resarcido a las víctimas o
familiares de ellas con sentencias ejemplares contra los agresores«Vamos a tramitar la
debida respuesta y demostraremos que en Venezuela las violaciones de DDHH
tienen sus respectivas imputaciones, acusaciones y condenas firmes, lo que
significa que la justicia venezolana hace su trabajo», dijo en VTV, en torno
al plazo otorgado por La Haya. La Corte Penal ha dicho que Venezuela tiene un
lapso de 3 meses para dar a conocer las sanciones contra los culpable. Saab
precisó que inicialmente el plazo era de un mes, «y la noticia es que hay
una especia prórroga para que frente a los casos conocidos… Podamos responderle»¨.
Definitivamente, es inaceptable desde todo punto de
vista, que el Fiscal Khan, con una parcialidad inusitada hacia el régimen; y
cuya obligación es investigar a los acusados por esos crímenes, venga a
reunirse agradeciéndole encarecidamente la invitación a los incriminados en
esos crímenes, y a suscribir un acuerdo de cooperación con ellos, olvidándose
ex profeso de las víctimas de los mismos
Dr. Álvaro Rotondaro Gómez
https://ramm1943.blogspot.com/
file:///C:/Users/admin/Downloads/Copia%20de%20acuerdo-spa.pdf (Copia del acuerdo)
No comments:
Post a Comment