En primer lugar, La Justicia es una palabra que no tiene dudas en
relación a la semántica, ni a la hermenéutica de su concepto, ya que
siempre ha sido considerada como el Fin del Derecho, motivo este por el
que se le dio al Poder Judicial, una independencia plena frente a los
otros Poderes e Instituciones del Estado y de los otros Organismos
internacionales ductores de las relaciones internacionales y de la vida en
sociedad. Sin embargo, los legisladores y ciertos intelectuales
manipuladores de los conceptos y del lenguaje, se han robado esa
palabra, para cometer uno de los fraudes mas abyectos en la aplicación
de este axioma a saber:
En los artículos 2 y 16 del Estatuto de Roma, ley creadora de la Corte
Penal Internacional, observamos la contradicción flagantre con los
principios de la división de los poderes, cuando establece en su artículo
2 la vinculación de la Corte con las Naciones Unidas, es decir, vinculan
una Corte con jurisdicción judicial, con un organismo administrativo y
de política internacional, lo cual está reñido con el principio antes
enunciado; y para abundar en la contradicción, el artículo 16 ejusdem, le
otorga la facultad al Consejo de Seguridad de la ONU, suspender la
investigación o el enjuiciamiento de una causa ya iniciada, por el
período de 12 meses renovables, lo cual es inaceptable desde todo punto
de vista.
En pocas palabras, es inconcebible que un organismo político tenga
injerencia en un tribunal judicial; circunstancia esta, que hay que
rectificar lo más rápido posible y así impedir la participación de la
política en un organismo jurisdiccional, lo cual desvirtúa las decisiones
de este último, obstaculizándole su trabajo en todo sentido. Por ejemplo:
Desde su entrada en funcionamiento en 2002, la Corte Penal
Internacional ha emitido 34 órdenes de arresto, adelanta 11
investigaciones principales y 10 exámenes preliminares, incluyendo el
de Venezuela iniciado en febrero de 2018 por los ataques contra la
población en las protestas antigubernamentales a partir de abril de 2017,
por lo que es conveniente preguntarle al Fiscal Khan, sobre todos los
crímenes anteriores a esta fecha; y hasta ahora la CPI sólo ha emitido ha
emitido cuatros condenas y dos son rebeldes congoleños en juicio que
fueron liberados por falta de evidencia suficiente. Hay 12 fugitivos,
incluyendo a uno de los hijos de Gaddafi, liberado por los rebeldes
opositores.
El Fiscal Karim Khan es un profesional muy polémico, ya que antes de
ser Fiscal de la CPI, fue abogado defensor principal de varios criminales
acusados y procesados por ante esa Corte, tales como el expresidente de
Liberia Charles Taylor ante el Tribunal Especial para Sierra Leona;
representó al vicepresidente de Kenia William Ruto, y en el de Francis
Muthaura, nombrado instigador de la violencia postelectoral en 2007-
2008 y fue grabado por dos personas haciéndose pasar por estudiantes,
quienes afirmaron que había admitido su participación en la violencia
postelectoral. El 11 de marzo de 2013, la CPI retiró los cargos contra
Muthaura tras desacreditar a un testigo clave; actuó en el caso contra
Saif el Islam , hijo del dictador libio Muamar el Gadafi; y en el del
expresidente congoleño Jean-Pierre Bemba, quien fue llevado a juicio
ante la CPI por su responsabilidad de mando en los crímenes cometidos
por la milicia de Bemba, el Mouvement pour la Libération du Congo
(MLC), en contra de civiles durante el conflicto armado interno de 2002
y 2003 en la República Centroafricana (RCA). El juicio comenzó en
noviembre de 2010. En marzo de 2016, la Sala de Primera Instancia III
condenó a Bemba por asesinato, violación y saqueo como crímenes de
guerra y asesinato y violación como crímenes de lesa humanidad.
Bemba fue sentenciado a 18 años de prisión en junio de 2016. En junio
de 2018, la Cámara de Apelaciones absolvió al Sr. Bemba por los cargos
de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad.
Una vez analizados estas actuaciones profesionales del Fiscal Kahn,
indefectiblemente, tenemos que preguntarnos infinidad de interrogantes,
entre otras cosas:
1.- No estaba en la lista de candidatos a fiscal de la CPI, pero fue Kenia,
país africano, quien insistió en incluirlo y debido a este cabildeo el
Reino Unido lo nominó como candidato. EFE y por supuesto, partía
como favorito, porque es asesor del secretario general de Naciones
Unidas, Antonio Guterres, desde 2018.
2.-La ONG Human Rights Watch ha criticado constantemente el proceso
de selección de los candidatos a Fiscal de la CPI, porque a su juicio no
se ha respetado la obligación de llevar a cabo una revisión exhaustiva
del historial de los candidatos para asegurar la mayor altura moral del
ocupante de este importante puesto.
3.- En virtud de esas maneras de proceder profesionalmente el Fiscal
Khan, se desprende su inaceptable actuación de invitar al principal
acusado (Nicolas Maduro) por crímenes de Lesa Humanidad, a crear
una oficina entre el gobierno de Venezuela, ¨presidido por Maduro¨ y la
CPI, para investigar conjuntamente esos crímenes, noticia esta, que
conocimos, cuando, el primero de abril del presente año, nos
enteramos por las declaraciones emitidas por el Fiscal de la CPI,
Karin Khan, que él había pasado 6 días en Venezuela, invitado por
el régimen, en las cuales expuso lo siguiente: ¨…..Expreso mi
agradecimiento a las autoridades de Venezuela por su invitación
oficial y por sus consultas cooperativas con mi delegación.
……Agradezco en particular el continuo compromiso del Presidente
de la República, SE el Sr. Nicolás Maduro Moros, con quien sostuve
conversaciones directas y productivas……….
Este enfoque
colaborativo ha llevado a avances concretos durante mi visita en la
implementación del Memorando de Entendimiento entre mi Oficina y
el Gobierno de Venezuela , firmado durante mi última visita a Caracas
en noviembre de 2021 (“MOU”). Esto incluye la autorización para que
la Oficina del Fiscal establezca una oficina en Caracas en apoyo de la
cooperación con las autoridades venezolanas y la facilitación de
asistencia técnica en el marco del MOU.También agradezco los pasos
tangibles que hemos tomado que permitirán a mi Oficina fortalecer su
trabajo con respecto a la Situación en Venezuela, incluido el acuerdo
sobre compromisos regulares y estructurados a nivel técnico entre mi
Oficina y funcionarios del Estado venezolano; la emisión por parte del
Gobierno de Venezuela de visas de entrada múltiple a miembros
designados de mi Oficina; y la designación de coordinadores jurídicos y
operativos para facilitar respuestas eficaces a las solicitudes de
cooperación internacional y asistencia judicial de conformidad con el
ejercicio de mi mandato independiente. En noviembre, señalé que la
apertura de una investigación no es una calle de sentido único, sino que
también debe ser la base para profundizar el compromiso y fortalecer
las alianzas. En este sentido, creo que hemos llegado a un acuerdo
significativo con el Gobierno de Venezuela para trabajar junto con
socios internacionales, incluida la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en las medidas
apropiadas para facilitar la implementación de los compromisos
establecidos en el MoU. .Esto incluirá la provisión de asistencia
técnica y transferencia de conocimientos a las autoridades nacionales
en Venezuela para apoyar la investigación y el enjuiciamiento efectivos
a nivel nacional de los presuntos delitos, y la provisión de capacitación
y asesoramiento de expertos para fortalecer la implementación de la
legislación nacional pertinente. También se brindará asistencia a las
autoridades venezolanas para identificar áreas adicionales en las que
se pueden mejorar los marcos institucionales o legislativos a fin de
fortalecer la capacidad de las autoridades nacionales competentes
para garantizar la administración de justicia efectiva……….¨
A
continuación, días después, el miércoles tres de noviembre del 2021,
Maduro y Karim Khan firman Memorándum de Entendimiento entre
Venezuela y la CPI, que textualmente consagra:¨Que Venezuela, como
jurisdicción nacional, adoptará todas las medidas necesarias para
asegurar la efectiva administración de la justicia, de acuerdo a los
estándares internacionales, con el apoyo y el compromiso activo de la
fiscalía de la CPI en virtud del principio de complementariedad.
Establecer mecanismos para mejorar la cooperación entre las partes y
facilitar el efectivo desempeño del mandato del fiscal en el territorio de
Venezuela. Esmerarse por concertar medios y mecanismos que
contribuyan eficazmente a los esfuerzos de Venezuela para llevar a cabo
auténticas actuaciones nacionales de conformidad con el artículo 17 del
Estatuto de Roma.Trabajar para que el principio de complementariedad
tenga un efecto adecuado y significativo.¨ Asimismo, resulta
inconcebible e inmoral, que habiendo sido acusados por las Cámaras del
los Senados Colombianos y Chilenos, tanto Maduro y otros altos
funcionarios del régimen en el año 2017; y existiendo una solicitud de
Apertura de Investigación del Dr. Almagro, como Secretario General de
la OEA en el año 2018. ¿Como es posible que el Fiscal Khan, no haya
continuado con el procedimiento establecido en el Estatuto de Roma y
en su lugar, optó por suscribir el Memorándum irrito, arriba comentado?
4.-Ahora bien, una vez terminada la Segunda Guerra Mundial, Stalin
inmediatamente se dio cuenta, que no podría, ni con el poderío militar,
ni económico, ni con la productividad industrial ni alimenticia, ni mucho
menos con el confort del obrero en USA; y entonces decidió imponernos
el comunismo, tal como lo aconsejó Antonio Gramsci, cuando
textualmente recomendó: "La única forma para hacernos al poder
como comunistas, no es lo que hizo Marx. Nosotros debemos
infiltrarnos dentro de la sociedad, infiltrarnos dentro de la Iglesia,
infiltrarnos dentro de la comunidad educativa, lentamente e ir
transformando y ridiculizando las tradiciones que se han sostenido
históricamente, a fin de ir destruyéndolas y formando la sociedad que
nosotros queremos", mensaje este que se ha cumplido cabalmente, a
partir de la culminación de la segunda guerra mundial.
En resumen y sin lugar a dudas, Venezuela en este proceso de
infiltración, es el epicentro inmejorable e impecable, debido a su
posición geográfica y a la infinidad de recursos naturales existentes en
nuestro territorio, estrategia esta que ya están practicando, no sólo en
Venezuela, sino en toda América desde hace tiempo, el Foro de Sao
Paulo y el Grupo de Puebla; y este mismo criterio relacionado con la
infiltración comunista, es igualmente aplicado por las personas que
impulsan el Progresismo, tales como Soros y sus ONG, el Club de
Bildelberg, el Club de Roma y otras que se esconden en el anonimato.
Con el objeto de corroborar este aserto, a continuación nos permitimos
transcribir la insólita e incomprensible noticia del 28/10/2021 ( ©
REUTERS / Luisa González ), que el fiscal Karin Khan, después de 17
años de investigación. "Me complace decir que Colombia está a la altura
de sus obligaciones internacionales, al igual que sus obligaciones
reglamentarias, con base en el principio de complementariedad, y me
complace decir que me puedo retirar de la etapa de investigación
preliminar", dijo Khan en declaraciones desde la presidencial Casa de
Nariño……
¨El investigador felicitó además "a las personas en Colombia
por los esfuerzos, a todos los individuos y las partes en el acuerdo de
paz, para que tengan la valentía, el coraje, los principios, y lleguen a la
JEP (Jurisdicción Especial de Paz, tribunal nacional creado por el
acuerdo de paz) con sus relatos¨.
Reportaje este, que necesariamente nos traslada a la tragedia que
actualmente estamos viviendo en nuestro país; y al debacle de la
destrucción de los principios éticos fundamentales que sirvieron para la
creación de la democracia occidental, tal como la concibieron los
pensadores griegos hace dos mil quinientos años, así como también, la
producción de toda esa gama de conceptos filosóficos importantísimos
para la convivencia en sociedad, que incluso ayudaron a formar la
Doctrina social de la Iglesia, que están experimentado la mayoría de los
países de cultura occidental.
En resumen, la consecuencia de esta negociación en Cuba, llevada a
cabo por Juan Manuel Santos y los jefes de Las FARC, fue convertir a
los asesinos de las FARC en políticos, con cargos en el Congreso de
Colombia, siendo de notar, que dicha Negociación fue dirigida y
cohonestada por Dag Nylander, quien es el noruego quien
¨coincidencialmente¨, es el mismo que dirigió la Negociación en
Mexico. Y Barbados, entre el Régimen y la ¨Oposición Oficial; y el
mismo que llevó la reclamación del Esequivo a la Corte Internacional de
Justicia, para favorecer los intereses petroleros de Guyana.
5.- Evidentemente, como era de esperarse, ya la Asamblea Nacional del
régimen comenzó a ejecutar las acciones necesarias para ese objetivo, al
nombrar un nuevo Tribunal Supremos de Justicia, al sancionar una ley
de reforma del código de procedimiento penal, una ley de Habeas
Corpus e inmediatamente los funcionarios del poder judicial que forman
parte del régimen, empezaron a darle libertad a algunos presos políticos;
y en el caso del crimen al estudiante David Vallenilla, hicieron la
pantomima de darle la libertad al sargento que lo asesinó, saliendo el
Fiscal Tarek William Saab, con una rapidez inusitada a apelar de la
decisión y a solicitar una investigación a la juez que dictó esa sentencia,
logrando del tribunal superior, la revocación de la sentencia y que
dejaran preso al sargento mencionado; y tal como lo acaba de enunciar
en Noticiero Digital ( Política | enero 21, 2022 | 7:57 pm | Jhoan
Meléndez ), el pervertido y despreciable Fiscal, al decir textualmente:
¨Tarek William Saab insistió este viernes que el sistema de justicia
venezolano «hace su trabajo» frente a crímenes de lesa humanidad,
por lo que aprovecharán el lapso otorgado por la CPI para
demostrarles que las violaciones a los derechos humanos «tienen
condenas firmes».
Esto después que la Corte Penal Internacional fijara el 16 de abril
como fecha tope para que el chavismo demuestre que se ha resarcido a
las víctimas o familiares de ellas con sentencias ejemplares contra los
agresores
«Vamos a tramitar la debida respuesta y demostraremos que en
Venezuela las violaciones de DDHH tienen sus respectivas
imputaciones, acusaciones y condenas firmes, lo que significa que la
justicia venezolana hace su trabajo», dijo en VTV, en torno al plazo
otorgado por La Haya.
La Corte Penal ha dicho que Venezuela tiene un lapso de 3 meses para
dar a conocer las sanciones contra los culpable. Saab precisó que
inicialmente el plazo era de un mes, «y la noticia es que hay una
especia prórroga para que frente a los casos conocidos… Podamos
responderleȬ.
Muy sencillamente se puede observar que están buscando demostrar, que
en Venezuela hay un poder judicial apto para enjuiciar a cualquier
persona por crímenes de Lesa Humanidad; y si a esta circunstancia, le
agregamos que ya lograron, con la ayuda del gobierno de Biden, una
nueva negociación de Méjico y la suspensión de algunas sanciones; y si
la plataforma unitaria le acepta convalidar la reforma judicial, se le está
dando la facultad al Consejo de Seguridad, de solicitar la suspensión del
juicio, de conformidad con el artículo 16 ut supra anotado, evitando de
esa manera las sentencias condenatorias a los criminales enjuiciados por
la CPI, es decir, lograrían su total impunidad; que fue exactamente lo
mismo que hizo Juan Manuel Santos en Colombia con las FARC, tal que
como señalamos anteriormente, este desvergonzado ex presidente
colombiano, no solo logró la impunidad de los criminales de las FARC,
sino que los llevó a ocupar cargos en el Congreso colombiano. En el
supuesto que se produzca el resultado negativo antes comentado, no me
cabría la mas mínima duda, que la MUD-PU, el G4 y los integrantes de
la plataforma unitaria, no solo cohabitan, sino que forman parte del
régimen, pero caso contrario, sólo pensar de como sería un gobierno
dirigido por esa ¨oposición oficial¨, la cual no refleja ninguna seriedad y
confianza, para dirigir un país, ya que al verlos peleando por los puestos
de gobernadores, alcaldes y concejales, y sacándose los trapos sucios por
el caso Monómeros al separarse PJ del G4 y sin nunca haber rendido
cuentas de los más de 1.400.000.000$ para Ayuda Humanitaria dados
por USAID y la UE.
6.- Hechos Notorios: La Importancia de los Hechos Notorios
Un Hecho Notorio es cualquier suceso del dominio público, identificado
por toda la comunidad en donde ocurrió, el cual al acontecer en el
momento de iniciar una investigación, por parte de un Fiscal o de
pronunciar una decisión judicial, al ser Notorio la ley lo exime de su
prueba.
Este concepto, nos viene muy bien explicado por juristas tales com
Chiovenda, Calamandrei, Hugo Carrasco Irriarte y por la jurisprudencia
de varios Tribunales Supremos de Justicia de infinidad de países; y por
esta razón, basados en este principio y en conocimiento pleno de los
crímenes de LH que se cometen constantemente en Venezuela, el
entonces senador Ivan Duque, en el año 2017 y un grupo de 76
senadores de Colombia y 70 de Chile presentaron una denuncia ante la
Corte Penal Internacional (CPI) en La Haya contra el presidente
venezolano, Nicolás Maduro, por crímenes como tortura y segregación,
entre otros, indicó a Efe el parlamentario Iván Duque; y posteriormente,
siendo presidente, invitó a que otros países se sumaran a esa denuncia,
sumándose en consecuencia a esa denuncia el 26 de septiembre del
2018, Argentina, Colombia, Chile, Paraguay, Perú y Canadá (es de hacer
notar, que todos estos Estados suscribieron su adhesión y forman parte
como miembros del Estatuto de Roma) y previamente, el Dr. Almagro
en su carácter de Secretario General de la OEA, se adhirió a esa misma
denuncia el primero de junio del 2018.
Ahora bien, basados en estas premisas, nos toca preguntar al Fiscal
Karin Khan:¿Cuál ha sido el resultado de esas denuncias de Hechos
Notorios y porqué, usted como Fiscal, no ha enviado a la Sala de
Cuestiones Preliminares, todas las denuncias, basadas en Hechos
Notorios, demandadas por los Estados Parte, antes citados?
Asimismo, Fiscal Khan, siendo un Hecho Notorio la decisión de mas de
cincuenta países, incluyendo a Holanda y a Inglaterra (los cuales son
Estados Parte del Estatuto de Roma), de no reconocer como legítimo el
régimen dirigido por Maduro y su equipo, por considerarlo unos
despreciables representantes del crimen organizado; ¿porqué usted
contrariamente a esta decisión, considera al ilegítimo régimen opresor de
Maduro, como representante del Estado Parte Venezuela ante la CPI, al
manifestarle su agradecimiento, tal como lo señalamos en el numeral 3.-
arriba citado, para inmediatamente después, firmar un Memorandum de
entendimiento, en el que acuerda con el principal acusado de Hechos
Notorios de Crímenes de LH declaró lo siguiente:¨El 3 de noviembre de
2021 quedará como una fecha clave para Venezuela, ya pasará ahora de
la fase de examen preliminar a una investigación formal. Esto quiere
decir que la CPI buscará determinar la veracidad de los supuestos
crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela desde al menos
2017.¨
¿Será, en pocas palabras señor Fiscal, de conformidad con su
declaración, que antes del 2017, no se cometieron crímenes de LH en
Venezuela y será que usted aspira crear una jurisdicción especial para la
Paz en nuestro país, al igual que hizo Juan Manuel Santos en Colombia
inconstitucionalmente; quedando libres de culpa los acusados aquí en
Venezuela, tal como quedaron los criminales de las FARC por ante la
CPI, en virtud del principio de la complementariedad consagrado en el
artículo 17 del Estatuto de Roma?
Y, por último, ¿La requisitoria de la DEA ofreciendo US$ 15.000.000,00
por quien les entregue a Nicolás Maduro y US$ 10.000.000,00, por las
personas de Diosdado Cabello, Hugo Carvajal y otros integrantes del
llamado Cartel de los Soles, no es un Hecho Notorio?
ALVARO ROTONDARO G.
ABOGADO
CONSTITUCIONALISTA
INTERNACIONALISTA